¿De qué se trata?
El Régimen de la nueva ley 27.743 te permite declarar y regularizar bienes y fondos que no hayan sido previamente declarados, accediendo así a la liberación de los impuestos emitidos y liberándote de contingencias físcales.
La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que exime al contribuyente de presentar la declaración jurada hasta 2028 y le otorga estabilidad fiscal, es decir, no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio. Por su parte, para los contribuyentes cumplidores la normativa prevé una reducción de 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con sus declaraciones y pagos en 2020, 2021 y 2022.
¿Quiénes pueden adherir al régimen de Regularización de Activos?
Residentes fiscales argentinos (personas humanas, jurídicas y sucesiones indivisas).
Personas humanas no residentes que fueron residentes fiscales en Argentina antes del 31 de diciembre de 2023.
¿Qué se puede declarar?
En Argentina
Dinero en efectivo: pesos y dólares.
Bienes inmuebles/ Bienes muebles.
Acciones, cuotas y particupación en sociedades.
Títulos valores.
Créditos de cualquier tipo.
Derechos y otros bienes intangíbles.
En el exterior
Dinero en efectivo ó en cuentas bancarias.
Bienes inmuebles/ Bienes muebles.
Títulos valores.
Créditos de cualquier tipo.
Derechos y otros bienes intangíbles.
¿Qué se puede invertir?
La normativa permite invertir en acciones, bonos soberanos, obligaciones negociables, dólar MEP, e incluso en fondos comunes de inversión (que tendrán series especiales para tal fin), pero no permite invertir en Cedears, Cauciones o Activos del exterior.
¿Cuáles son las etapas para el Blanqueo?
Etapas | Fechas de blanqueo | Alícuota (Sobre el excedente de USD 100.000) |
---|---|---|
Etapa 1 | Hasta el 30/09/2024 | 5% (1) |
Etapa 2 | Del 01/10/2024 al 31/12/2024 | 10% |
Etapa 3 | Del 01/01/2025 al 31/03/2025 | 15% |
(1) Sólo en la Etapa 1 se puede declarar dinero en efectivo y ser depositado en las cuentas CERA. Hasta usd 100,000 (tanto cash como otros bienes) no pagan alícuota y son de libre disponibilidad desde el 01/10/24, más de usd 100,000 e invertidos en activos financieros (o lo estipulado por la normativa) hasta el 31/12/25 tampoco pagan alícuota. El excedente de usd 100,000 paga el 5%.
¿Cómo abro la Cuenta Comitente Especial (CCE)?
Antes de comenzar, recordá que necesitás tener la Cuenta bancaria especial (CBE)
Ingresá a https://onboarding.ad-cap.com.ar/ para comenzar el proceso de apertura de CCE y completá la documentación solicitada.